jueves, abril 25, 2024
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Procesadores, importadores y exportadores de bebidas energizantes deben inscribirse ante el Invima


El Invima reitera que se encuentra vigente la Resolución 4150 de 2009, por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos que deben cumplir las bebidas energizantes para consumo humano.

Bogotá, 18 nov (SIG). El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) reiteró el llamado a los representantes legales de los establecimientos dedicados a la fabricación, procesamiento, envase, importación y exportación de bebidas energizantes dirigidas al consumo humano, para que realicen el proceso de inscripción.

Así está contemplado en la Resolución 2010013710 de 2010, en donde se fija el procedimiento y el formato para llevar a cabo dicha inscripción.

La normatividad sanitaria relacionada y sus formatos anexos se pueden consultar en la página web del Instituto www.invima.gov.co, en la ruta Normatividad/ Alimentos/Resoluciones/Año.

Es importante recordar que el trámite de inscripción ante el Invima no tiene ningún costo.

Para mayores informes, los representantes legales de estos establecimientos pueden comunicarse en Bogotá al teléfono 2948700 extensiones 3922-3844 o al correo vigilalimentos@invima.gov.co.

En otras ciudades del país, los interesados pueden hacer su inscripción y enterarse más acerca del procedimiento en las sedes regionales del Invima.

Fuente: http://wsp.presidencia.gov.co/Prensa/2010/Noviembre/Paginas/20101118_16.aspx

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