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quién puede ver tu historial de navegación

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A fines de 2023, Alphabet, empresa matriz de Google, acordó pagar al menos 5 mil millones de dólares por una demanda colectiva que sostenía que el navegador de la compañía había invadido la privacidad de sus usuarios al rastrearlos incluso cuando usaron modo incógnito en sus navegadores. El caso reavivó la discusión: ¿qué es exactamente este tipo de navegación, qué puede ver la empresa y para qué se utiliza?

El modo incógnito es una forma de navegar que no guarda información en el historial. Tampoco almacena las cookies, esos paquetes de datos que se generan al navegar por la web y que las páginas como Mercado Libre, Instagram y Facebook se “guardan” para luego mostrar publicidad, entre otras.

Pero a pesar de que Google asegura que es una forma de navegación privada, hay cierta información que no permanece en el anonimato: los sitios web sí saben qué equipo los está visitando y el proveedor de internet también puede acceder a estos datos, entre otros.

El problema fue que, en 2020, Google enfrentó una acción judicial colectiva porque recopiló datos e invadió la privacidad de los usuarios a pesar de lo que dice la página oficial sobre esta modalidad de navegación.

Y, debido a que Google retuvo información de muchos usuarios, Alphabet deberá pagar esta penalidad para resarcir a los usuarios, en un acuerdo que la empresa aceptó tras intentar desestimar la acusación inicial, sin éxito.

Las dudas sobre el modo incógnito se reavivaron entre muchos usuarios que leyeron la noticia.

Acción colectiva contra Google

Google, el buscador más usado del mundo. Foto EFEGoogle, el buscador más usado del mundo. Foto EFE

La acción colectiva, presentada en 2020, afirmaba que Google había engañado a los usuarios haciéndoles creer que no rastrearía sus actividades en internet mientras utilizaran el modo incógnito.

Sin embargo, esta forma “privada” de navegación no es totalmente “invisible”, en tanto no enmascara o virtualiza ubicación como una VPN y, como se puede verse con esta demanda, tampoco oculta la información de navegación a Google para que luego la use en su modelo de negocio de ads (avisos publicitarios).

Los demandantes también habían denunciado que las actividades de Google generaron un caudal de información sobre ellos, que creían haber tomado medidas para proteger su privacidad. Google reconoció que, aún en este modo incógnito, el trackeo para publicidades y otras técnicas seguían registrando detalles de las visitas y actividades de los usuarios.

“En este caso Google rastreó y recopiló datos de navegación en modo incógnito en su navegador Chrome y en otros navegadores con fines, en principio, comerciales, porque esa extracción de datos sin autorización de los usuarios mejora a su conocimiento y, en consecuencia, optimiza el diseño de productos y servicios personalizados”, explicó a este medio Martín Becerra, investigador principal en Conicet y profesor de la Universidad Nacional de Quilmes y la Universidad de Buenos Aires.

“Ahora bien: a pesar de que la empresa dice que la navegación incógnita no almacena datos y, por lo tanto, no debería realizar un seguimiento de su comportamiento en este modo privado, Google sí recopiló datos personales para construir perfiles de consumo. Por eso esta demanda colectiva termina con el reconocimiento por parte de Google de haber invadido la privacidad de los usuarios, por lo que deberá pagar 5 mil millones de dólares”, agregó.

La demanda colectiva, radicada en el distrito norte de California, en la división de Oakland, cubre a los usuarios de Google desde el 1 de junio de 2016 y pide al menos 5.000 dólares de indemnización por usuario por violaciones de las leyes federales de escuchas telefónicas y de privacidad de California.

En el texto, los demandantes dijeron que el rastreo en modo privado permitió a Google aprender lo suficiente sobre sus amigos, pasatiempos, comidas favoritas, hábitos de compra y «búsquedas en línea potencialmente vergonzosas, constituyendo un tesoro inexplicable de información tan detallada y expansiva que George Orwell nunca podría haberlo soñado».

Google usó su poder de lobby para desestimar la acusación, pero la jueza Yvonne Gonzalez Rogers había rechazado la oferta para que se no se tuviera en cuenta el caso a principios de este año, diciendo que no podía aceptar que los usuarios dieran su consentimiento para permitir que la compañía recopilara información sobre su actividad de navegación.

Finalmente, la jueza suspendió el jueves un juicio previsto para el caso en California, después de que los abogados dijeran que habían llegado a un acuerdo preliminar.

Los demandantes también denunciaron que las actividades de Google proporcionaron una «enorme cantidad de información imposible de contabilizar» sobre usuarios que creían haber tomado medidas para proteger su privacidad.

Clarín se contactó con Google Argentina para consultar sobre este caso, pero la empresa no respondió preguntas puntuales, sino que se limitó a compartir un conocido enlace donde se explica cómo funciona el modo incógnito.

En qué afecta esto a los usuarios de Google

El modo incógnito, en el centro de una polémica por rastreo de usuarios. Foto ShutterstockEl modo incógnito, en el centro de una polémica por rastreo de usuarios. Foto Shutterstock

“Acá hay varias cuestiones que es importante destacar y este caso sirve para ilustrar que el modo incógnito, las formas privadas de navegación, no son la panacea de la privacidad. Lo único que hace este modo es borrar el historial y las cookies mientras el usuario abrió el modo incógnito, pero este sistema de privacidad no funciona si estás logueado a una de tus cuentas”, sumó en diálogo con este medio Beatriz Busaniche, presidenta de la Fundación Vía Libre y especialista en privacidad y derecho a la información.

“El otro elemento central tiene que ver con que, más allá del registro que hace el propio navegador en el dispositivo, computadora o teléfono, y que supone una forma de privacidad frente a otros usuarios -supongamos que es un equipo compartido-, este sistema sí protege en ese sentido. Pero no te protege del tracking que hacen los sitios web usando herramientas como las de Google Analytics”, agregó.

“Me parece que además de servir para concientizar sobre los derechos de los usuarios, más allá de la reparación económica, esto sirve para quitar el velo de la idea de que navegando en incógnito protegés tu privacidad: este caso puso eso sobre la mesa y transparentó esta práctica”, sigue Busaniche.

En este sentido, la especialista apunta que el modo “privado” debería ocultar cuestiones relacionadas al registro de la actividad online, sea para el uso que sea.

Busaniche apunta a la interfaz de usuario (UI) que usa Google. “Como regla general, si Google quiere ofrecer privacidad real, el modo incógnito debería obturar la posibilidad de hacer rastreo por los sitios que uno navega, debería poner algún tipo de alerta cuando uno está navegando logueado, porque en general uno no registra eso, quizás sería bueno tener una interfaz más amigable en el sentido de que avise que uno está logueado cuando está en incógnito”, explica.

“Y que impida el tracking de los sitios por los que uno navega, ahí es donde está el problema: ¿de qué me sirve la privacidad en mi navegador local cuando en realidad estás habilitando el tracking de los sitios que estás visitando, si para eso era el modo incógnito? Ahí hay dos elementos importantes para hacer ajustes, si es que Google quiere tomarse la privacidad de los usuarios o quiere evitar pagar juicios en un futuro”, concluye.

Google Chrome, el navegador más usado del mundo. Foto ArchivoGoogle Chrome, el navegador más usado del mundo. Foto Archivo

En cuanto a por qué estos casos son graves, Becerra trae una analogía que sirve para aproximarse al problema: “El ‘trackeo’ de nuestra huella digital es importante porque es el equivalente contemporáneo a la violación del domicilio y de la correspondencia. La protección de la esfera privada, siempre que no dañe a terceros, constituye un pilar del estado de derecho”.

“Cuando Google ofrece el ‘modo incógnito o privado’ dice que respetará la privacidad de los usuarios que, por razones personales, prefieren navegar o buscar contenidos sin ser identificados ni rastreados. Adulterar esa experiencia desde la propia empresa representa una intromisión indebida y sin autorización expresa de los sujetos en cuestión, afectando así su privacidad”, explica Becerra.

Además, esto incluso va en contra de la ley argentina. “La norma local vigente sobre protección de datos personales es clara al señalar que la recolección de datos no puede hacerse por medios desleales. También establece que las personas deben prestar su consentimiento libre, expreso e informado para el tratamiento de sus datos”, agrega.

“Aunque la ley es, para el tema en cuestión, algo antigua, pues fue sancionada por el Congreso en el año 2000 y, a mi juicio, requiere actualización, en estos puntos muy delicados, es un texto con objetivos coherentes”, cierra el especialista.

El problema de fondo con el modo incógnito es, así, lo que propone que hace y lo que es de manera efectiva. A fin de cuentas, esta vez le costó a Google tener que llegar a un acuerdo monetario para no pagar, a futuro, una cifra más alta.

El caso está considerado como ejemplificador por los expertos por el tamaño de la empresa y el pago que, a pesar de que suena a una cifra inmensa, las big tech pueden enfrentar sin problemas.

Aunque seguramente siente jurisprudencia y habrá más cautela a la hora de recolectar información infringiendo las normas que una propia empresa pueda haber puesto.


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