jueves, marzo 28, 2024
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¿Qué busca y qué no busca la reforma a la salud?

El ministro de Protección Social, Mauricio Santamaría informó que la Reforma Estatutaria busca definir y regular el núcleo esencial del derecho a la salud y constará de cuatro o cinco artículos

El ministro de la Protección Social, Mauricio Santa Maria, expuso que las reformas que cursan en el Congreso, serán objeto de un amplio debate y que por lo mismo es importante aclarar cuales son sus objetivos.

En un comunicado de prensa, el ministro de la Protección Social, Mauricio Santa María Salamanca, reiteró que las reformas al sistema de salud que propone el Gobierno Nacional son de fondo, mantienen el modelo de aseguramiento e introducen cambios profundos a los aspectos que no están funcionando.


Santa María recordó que estas reformas que cursan en el legislativo, serán objeto de un amplio debate. “Este proceso de reforma apenas empieza, y la aprobación de las leyes estatutaria y ordinaria que hacen curso en el Congreso, y que muy seguramente no estarán exentas de un amplio debate, es solo la primera etapa de un proceso necesario de reformas estructurales”, aseguró.  

El titular de la cartera de la Protección Social listó los aspectos hacia donde va enfocada la reforma y resaltó los que no son objeto de la misma.

Qué busca la reforma:

Garantizar la portabilidad nacional del servicio. Que los colombianos puedan ser atendidos en cualquier lugar del país y no solo en su municipio de residencia.

Mejorar la calidad en la prestación de los servicios, para lo cual es necesario que los actores del sistema hagan pública la información sobre resultados de salud, tales como indicadores centinela y trazadores, de tal manera que los usuarios tengan los elementos suficientes para elegir a los mejores, y los organismos de control puedan ejercer sus funciones.

Actualizar y unificar los Planes de Beneficios. Empezando en 2011, se actualizará el plan de beneficios de manera integral cada dos años para que incluya los procedimientos necesarios para atender las condiciones que afectan la salud de los colombianos. Se define un cronograma para que en 2015 los afiliados del Régimen Subsidiado y del Régimen Contributivo tengan los mismos servicios.

Fin a los recobros No POS. Los recobros de prestaciones por fuera del Plan de Beneficios hoy le cuestan al sistema cerca de $2,6 billones, es un gasto insostenible y un trámite tortuoso para los usuarios.

“Estos recursos que serían suficientes para afiliar a 10 millones de personas en el Régimen Subsidiado. Hoy se destinan a atender a 500 mil usuarios”, afrima el comunicado.

El proyecto de Ley Estatutaria pone fin a los recobros y define un mecanismo expedito para mejorar el acceso a dichos servicios, surtido en una instancia técnica, compuesta por médicos especialistas que tengan la capacidad de analizar y comprender las condiciones particulares del paciente, en el que los jueces no reemplacen a los médicos.

Fortalecer la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, mediante un modelo de Atención Primaria que articula las acciones de salud pública, atención básica y atención especializada.

Apoyo al talento humano en salud. Se incentiva la formación de especialistas y se generan mejores condiciones laborales, en un marco de autonomía profesional.

Medicamentos y dispositivos médicos. Las medidas propuestas tienen como objetivo común mejorar el acceso a los medicamentos mediante la inclusión de sistemas más eficientes de negociación y compras conjuntas.

Se introducen también disposiciones sobre garantía de la calidad de los medicamentos, para que las ganancias de los usuarios sean tanto en precio como en calidad.

Esto se complementa con medidas tomadas por el Ministerio de la Protección Social para controlar abusos en los precios de los medicamentos.

Fortalecer la inspección, vigilancia y control, mediante una Superintendencia Nacional de Salud fuerte y con presencia activa en todo el país.

Agilizar el flujo de recursos y asegurar la sostenibilidad financiera. Se generan recursos anuales por $800.000 millones de pesos para financiar el sistema. Además se disminuye la intermediación, mediante el giro directo de los recursos del Régimen Subsidiado a las EPS.

Fortalecer la red hospitalaria pública, con nuevos recursos, mayor capacidad de gestión e incentivos para que se actualicen tecnológicamente.

Retomar la rectoría del Sistema en cabeza del Ministerio de la Protección Social, como órgano rector del sector.  
Qué no busca la reforma

No reduce los recursos del Régimen Subsidiado: por el contrario suma 600 mil millones de pesos anuales, adicionales a los $800.000 millones que genera la Ley 1393 de 2010 y el billón que se incorpora con cargo del Presupuesto General de la Nación, a partir de 2012.

No reduce los recursos para los hospitales públicos ni privatiza el sector: el proyecto asegura que el 10% del Sistema General de Participaciones que antes se dedicaba a subsidios a la demanda, se destine a la financiación de la red pública hospitalaria, ampliando la financiación contemplada en la normatividad vigente, además de crear un Fondo de Garantías para proteger a los hospitales que enfrenten crisis.

No favorece a ningún actor en particular, favorece al usuario: promueve el mayor acceso a servicios de excelente calidad e introduce disposiciones para mejorar y endurecer los controles a todos los que participan del sistema.

No promueve intermediarios que no agregan valor: con el giro directo de los recursos al prestador final de los servicios, la definición de plazos para agilizar los pagos entre agentes y la prohibición de la contratación por capitación bajo ciertas circunstancias, así como medidas que aprovechan las economías de escala, se favorece el uso eficiente de los dineros del sector.

No promueve la integración vertical ni modifica las normas que hoy regulan esa materia: mantiene el límite del 30% para contratar con la red propia de las EPS.

No se centra ni limita a aspectos de sostenibilidad y financieros: Por el contrario, se concentra en garantizar un acceso equitativo y de calidad a los servicios.

No limita la autonomía médica.  

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