Consejo de Estado admite demanda contra reglamento técnico de estaciones de servicio y evalúa suspensión provisiona
SOMOS UNO celebra decisión judicial que podría frenar temporalmente la aplicación de resoluciones del Ministerio de Minas y Energía
Bogotá D.C., 16 de febrero de 2026. El Consejo de Estado admitió la demanda de nulidad presentada contra el reglamento técnico de estaciones de servicio y dio trámite a la solicitud de suspensión provisional de las resoluciones que lo sustentan, según informó la unidad gremial nacional SOMOS UNO, integrada por COMCE Colombia y Fendipetróleo Nacional.
La decisión fue adoptada por la Sección Primera del alto tribunal mediante providencias fechadas el 16 de febrero de 2026, marcando un avance clave en el proceso de control judicial del sector de distribución minorista de combustibles en Colombia.
¿Qué decidió el Consejo de Estado?
De acuerdo con el comunicado oficial, el alto tribunal tomó dos decisiones principales:
1. Admisión de la demanda de nulidad
El Consejo de Estado admitió la demanda presentada por el vocero gremial nacional de SOMOS UNO, en la que se solicita la nulidad de:
- Resolución No. 40405 del 24 de diciembre de 2020
- Resolución No. 40198 del 24 de junio de 2021
Estas resoluciones están relacionadas con el reglamento técnico expedido por el Ministerio de Minas y Energía para las estaciones de servicio.
La admisión significa que el tribunal consideró que la acción cumple los requisitos legales y que se inicia formalmente el proceso para revisar la legalidad del reglamento técnico.
2. Traslado de la medida cautelar de suspensión provisional
En decisión separada, el Consejo de Estado ordenó correr traslado al Ministerio de Minas y Energía por un plazo de cinco (5) días para que se pronuncie sobre la solicitud de suspensión provisional.
Una vez el Ministerio responda, el Magistrado ponente deberá decidir sobre la medida cautelar dentro de los diez (10) días siguientes.
¿Qué implicaría la suspensión provisional?
Según el comunicado, si se decreta la suspensión provisional, podría detenerse temporalmente la aplicación de las resoluciones demandadas. Esto implicaría el cese provisional de la exigencia de los requisitos técnicos actualmente requeridos por el reglamento técnico para las estaciones de servicio.
La organización gremial destacó que esta actuación judicial representa un avance formal en el proceso de control y revisión normativa del sector.
Posición del gremio
SOMOS UNO reafirmó su compromiso con:
- La seguridad jurídica
- La transparencia regulatoria
- La competitividad empresarial
- La defensa del distribuidor minorista en todo el territorio nacional
El comunicado está firmado por David Jiménez Mejía, vocero gremial nacional de SOMOS UNO, organización que agrupa a COMCE Colombia y Fendipetróleo Nacional.
Contexto para el sector de estaciones de servicio
La decisión del Consejo de Estado se convierte en un punto clave para el sector energético colombiano, especialmente para los distribuidores minoristas de combustibles y estaciones de servicio, ya que abre la puerta a una revisión judicial del reglamento técnico expedido por el Ministerio de Minas y Energía.
El proceso continuará una vez el Ministerio emita su pronunciamiento sobre la suspensión provisional y el magistrado adopte una decisión definitiva frente a la medida cautelar.
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