La Cámara de Representantes aprobó la Ley de Sometimiento impulsada por el Gobierno del presidente Abelardo De la Espriella, durante la noche del martes 3 de noviembre de 2026. La iniciativa recibió 95 votos a favor y 10 en contra, con lo que terminó su trámite legislativo luego de obtener también el respaldo del Senado de la República.
El proyecto establece un marco jurídico para que integrantes de organizaciones armadas ilegales y estructuras criminales puedan someterse a la justicia ordinaria, entregar las armas, abandonar las actividades ilícitas y colaborar con las autoridades a cambio de beneficios penales condicionados al cumplimiento de compromisos.
La Cámara acogió el mismo texto aprobado previamente por el Senado, por lo que no fue necesario convocar una comisión de conciliación. La iniciativa quedó pendiente de la revisión final, su publicación en la Gaceta del Congreso y la sanción presidencial.
Así quedaron las rebajas de penas y las condiciones
Uno de los puntos centrales de la Ley de Sometimiento son los beneficios judiciales para los integrantes de las organizaciones que cumplan las condiciones establecidas. El articulado contempla reducciones de hasta el 50 % de las penas para integrantes de base y de hasta el 30 % para quienes hayan ejercido funciones de mando.
Sin embargo, estos beneficios no serán automáticos. Los integrantes deberán cumplir las obligaciones previstas en la ley, entre ellas la entrega de bienes de origen ilícito, la colaboración efectiva con la justicia y el aporte de información que permita esclarecer hechos criminales y contribuir a la reparación de las víctimas.
Para los responsables de funciones de mando se contempla una pena privativa de la libertad no inferior a diez años. Además, el texto establece condiciones especiales para quienes hayan participado en actividades de lavado de activos y testaferrato, incluida la exigencia de cumplir seis años de pena y entregar la totalidad de los bienes ilícitos para acceder a determinados beneficios.
Uno de los aspectos destacados del articulado es la exclusión de beneficios para quienes tengan condena firme por reclutamiento o utilización de menores de edad en actividades delictivas. También se establecen obligaciones relacionadas con la entrega de niños, niñas y adolescentes que permanezcan en las estructuras armadas.
Compromisos con las víctimas y cambios al proyecto
La iniciativa incorpora obligaciones para que las organizaciones entreguen información sobre personas secuestradas, víctimas de trata de personas y ciudadanos desaparecidos. También exige suministrar información veraz sobre la ubicación de restos de personas desaparecidas. El ocultamiento deliberado de estos datos puede ocasionar la pérdida de los beneficios penales.
El texto contempla, además, medidas de reparación a las víctimas, identificación y entrega de activos ilegales y actividades restaurativas, entre ellas labores de reconstrucción, erradicación de cultivos ilícitos y desminado humanitario.
Durante el trámite legislativo también se eliminó el artículo 25, relacionado con disposiciones sobre el Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Fonsecon). Otro de los cambios fue reducir de diez a cuatro años la vigencia prevista para la norma, según lo reportado durante el debate.
La iniciativa también establece que no se suspenderán las órdenes de captura ni las solicitudes de extradición por el hecho de acogerse al mecanismo de sometimiento.
Con la aprobación en Senado y Cámara, el proyecto concluyó su recorrido legislativo y quedó a la espera de la sanción presidencial para convertirse formalmente en ley.





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