Corte exige a Minsalud un nuevo protocolo para hospitalización en salud mental

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El Ministerio de Salud y Protección Social ha sido instado por la Corte Constitucional a establecer regulaciones específicas para el ingreso, permanencia y egreso de personas con discapacidad psicosocial en centros de salud mental. Se ha solicitado que se elabore un marco integral, sistemático y vinculante, con especial atención a los pacientes hospitalizados de manera involuntaria durante episodios agudos de salud mental. Esta medida surge a raíz de un caso en el que se vulneraron garantías constitucionales durante una internación.

La Sala Octava de Revisión también ha establecido criterios sobre las condiciones que deben cumplirse para mantener una hospitalización involuntaria. Se ha señalado que estas medidas deben estar respaldadas por garantías rigurosas y no prolongarse más allá de lo estrictamente necesario para superar el episodio agudo. Además, se hace hincapié en considerar la voluntad del paciente, utilizar los apoyos disponibles y evaluar alternativas menos restrictivas antes de mantener la internación.

El pronunciamiento de la Corte surge a raíz de una acción de tutela relacionada con la hospitalización involuntaria de una persona con discapacidad psicosocial en un centro de salud mental. El análisis reveló que las condiciones de la internación no respetaron las garantías aplicables a esta población, lo que llevó a la Corte a establecer medidas para evitar situaciones similares en el futuro.

En cuanto a las fallas encontradas durante la hospitalización, la Corte determinó que la medida no cumplió con las garantías exigibles para una internación involuntaria. Se identificaron incumplimientos en aspectos como el agotamiento de ajustes razonables para conocer la voluntad del paciente, la no exploración de alternativas menos restrictivas y la falta de finalidad terapéutica en la hospitalización.

La Corte subraya que la hospitalización involuntaria debe estar sujeta a límites estrictos, previa evaluación de necesidad y proporcionalidad. Se destaca que un diagnóstico psiquiátrico no justifica prescindir de la voluntad del paciente, y se hace énfasis en la importancia de respetar la autonomía y capacidad jurídica de las personas con discapacidad psicosocial.

En respuesta a estas dificultades, la Corte ha exhortado al Ministerio de Salud y Protección Social a establecer un marco común para las instituciones que ofrecen servicios de internación en salud mental. Este marco debe abarcar todas las etapas de la atención y prestar especial atención a las hospitalizaciones involuntarias durante episodios agudos, en línea con los principios del modelo social de la discapacidad.

Además, la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá deberá llevar a cabo una revisión de las prácticas de las IPS que ofrecen servicios de internación en salud mental. Se espera que estas instituciones ajusten sus prácticas a los criterios y garantías establecidos por la Corte, en aras de mejorar la atención y protección de las personas con discapacidad psicosocial.