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Acuerdos fundamentales para la ley estatutaria de salud

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Acuerdos fundamentales para la ley estatutaria de salud

En una carta dirigida el presidente del senado Iván Leonidas Name Vásquez, organizaciones médicas y profesionales de la salud que constituyen el grupo de “Acuerdos Fundamentales para el pleno desarrollo de la Ley Estatutaria en salud” (Academia Nacional de Medicina, Asociación Colombiana de Sociedades Científicas, Colegio Médico Colombiano, Asociación de Profesiones de la Salud, Federación Odontológica Colombiana, Federación Odontológica Colombiana, Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación, ASMEDAS Cundinamarca, Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá, Colegio Médico de Santander, entre otras) presentaron 14 puntos de consenso que consideran cruciales para tener en cuenta en el proyecto de Ley 339 que se encuentra en el Congreso de la República.

Sobre el trámite, indican que consideran necesario plantear algunos puntos señalados, en publicaciones realizadas por el Banco de la República que a su juicio constituyen una base indispensable para conocer el estado real de la suficiencia de recursos en el actual sistema, así como los impactos financieros del citado PL 339.

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En los estudios se plantea que actualmente el sistema enfrenta un aumento en el gasto principalmente por el incremento en enfermedades crónicas no transmisibles (de 1.5 billones en 2016 a 5.9 billones en 2021), con una proyección a 2030 de $8 a $10 billones/año. De igual forma, el Ministerio de Salud y de Protección Social da cuenta de un incremento en el gasto público por medicamentos de 11,5% en 2015 a 19,1% en 2020.

Oscar Espinosa y sus colaboradores indican en su investigación un incremento del gasto por concepto de presupuestos máximos (tecnologías no cubiertas por el Plan de Beneficios en Salud -PBS) que para el régimen contributivo pasó de $42.290 millones en 2003 a $4,16 billones en el 2019 (39% anual), y a $6.83 billones en 2021. El gasto creciente por atención de población migrante en 2019 de $32.971 millones para 76.760 afiliados, aumentó a $144.542 millones para 527.045 afiliados en el año 2022.

Aspectos para evaluar de la ley estatutaria de salud

Con esta información, las organizaciones consideran que el Senado de la República y el país en general, deben evaluar entre otros los siguientes aspectos:

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  • El crecimiento del 300% en el costo de atención a pacientes con enfermedades crónicas no transmisibles observado entre los años 2016 y 2021.
  • El crecimiento desbordado del gasto en presupuestos máximos cuestiona cómo se están gestionando estas atenciones que para el año 2021 representan aproximadamente el 0,5% del PIB, lo que exige de parte de las autoridades competentes y de los organismos de control una evaluación y examen de fondo, acorde con las necesidades y perfil epidemiológico de la población.

De acuerdo con los datos anteriores, se resalta la importancia de definir claramente y a través de estudios técnicos confiables, la suficiencia de la UPC, así como las proyecciones asociadas a los cambios por envejecimiento de la población, carga de enfermedad, aumento de la frecuencia de uso, atención de las patologías de alto costo y la entrada de nuevas tecnologías, con el fin de cumplir con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Estatutaria en Salud (1751 de 2015). Así mismo, resaltan la conveniencia de que, con la reforma, sea el Consejo Nacional de Salud el organismo encargado de la definición del costo anual de este valor per cápita.

Debido a esto, las organizaciones consideran que, el Senado de la República y el país en general deben conocer las fuentes de recursos, sobre la base de las proyecciones de ingresos por cotizaciones y el crecimiento de los aportes del Presupuesto General de la Nación, necesarios para sufragar los costos asociados a la reforma que no dependen del sector salud como el saneamiento básico y ambiental (agua potable, acueducto y alcantarillado, vías de comunicación, entre otros), más aquellos que no dependen de la UPC como el costo de la construcción, dotación y mantenimiento de los CAPS, incorporación a las plantas de personal de quienes hoy se encuentran vinculados por orden de prestación de servicios o formas de tercerización laboral, más el valor del Sistema Público Único de Información en Salud.

E invitan al Congreso a abordar el tema de financiamiento del sistema de salud como una prioridad, así como a garantizar la viabilidad financiera de la reforma, en conjunto con los Ministerios competentes, las entidades de control y los actores del sistema, partiendo de la necesidad de que tanto el Gobierno, como todos los participantes contribuyan sincerando sus estados financieros.

La carta concluye con la disposición de las instituciones de la salud que hacen parte del grupo de los Acuerdos Fundamentales a colaborar cuando sean requeridos. La concertación amplia y democrática es la base de una decisión responsable, viable y segura para mejorar el actual sistema de salud en Colombia, de acuerdo con la Ley Estatutaria en Salud.


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