“La reconciliación debe ir escoltada por la justicia, de lo contrario no va a perdurar la paz”.
¿Que se necesita para encender una vela?, de seguro la respuesta más rápida será: ¡Un fósforo! pero no, al argumentar se deduce que lo primero es: ¡la vela!, el elemento básico para que la proposición tenga sentido. En Derecho se le pondera con la premisa: “sine qua non”, atañendo a la importancia que se sucedan los eventos en un previo orden conducente a resultados indiferentes de la realidad.
Para que exista reconciliación, se advierte previamente el conflicto, simplemente una situación donde no se ha podido resolver. Desde luego, cabe aquí muy bien la reclamación ante cualquier discurso calificador de la conducta social, ¿debería buscarse la reconciliación de todos los colombianos con todos los colombianos?, Y la contestación tiene que ser dentro del contexto de “síne qua non”, un SI rotundo. Porque si ya existe el conflicto como tal, hay que encender el cerillo que atice esa luz y consuma la vela del conflicto.
Pero, esa reconciliación ha de edificarse sobre unos cimientos fortalecidos con ladrillos de la lealtad y honestidad aglutinados en la discusión de los asuntos públicos. De esa polémica puede y debe desprenderse un nuevo compromiso y una nueva habilidad para acordar el funcionamiento de las relaciones del Estado con los subversivos y las personas, en camino de dar fin al conflicto y finalmente de victimas con victimarios dentro de la reciprocidad y encargo institucional de propiciar el ambiente de paz que sostenga el bienestar general de todos, como lo manda la Constitución.
Aun invocando la ley como regulador de las relaciones conductuales de la sociedad y del Estado, se requiere de la voluntad individual para acercar la reconciliación a otros fenómenos primarios y de cuya importancia y aplicación es la calidad de tal; El perdón como elemento restaurador de la vida personal y la tolerancia como valor agregado al comportamiento conductual de la sociedad.
Se habla de reconciliación nacional en el sentido de aceptación por parte del ofendido de la conducta contraria del ofensor, como si con ello se saneara las relaciones y se diera inicio a una nueva situación sustentada en mejores y efectivas convenciones de vida, pero lo realmente irrebatible es que exista una inmune actuación que garantice simpatía institucional entre el pueblo con las instituciones gubernamentales y el personaje objeto de nuestro entendimiento, “ los reinsertados”, aquellos que superado el conflicto, estén dentro de unos acuerdos y sean candidatos a participar activamente en la democracia asociativa bajo normas de respeto y convivencia agradables y sociables.
Mayo 3 de 2016
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