viernes, mayo 3, 2024
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Frenan la circulación de tren de carga en Bosconia


La Corte Constitucional ordenó la suspensión del transporte ferroviario de carbón en el municipio de Bosconia, Cesar.

Al estudiar una tutela, la Corte ordenó a Fenoco S.A suspender dicho transporte en los lugares donde la vía férrea se encuentre a menos de 100 metros a lado y lado de comunidades y/o viviendas, todos los días del año, entre las 10:30 p.m. y las 4:30 a.m.
La medida se toma al amparar los derechos de 139 personas que alegaban que la cercanía de la línea férrea con sus casas en el barrio ‘La Estación’ los estaba afectado por el “ruido insoportable” y por contaminación producida por las partículas de carbón que también les afectaba su salud.

La Corte señaló que, en efecto, sí hay una amenaza a los derechos de los demandantes con base en un informe de la Defensoría Regional del Pueblo del Cesar que dice que pasan unos 44 trenes diarios cada 15 o 20 minutos y el concepto técnico tenido en cuenta por la Corporación Autónoma del Cesar ordena medidas para controlar el ruido.
Incluso, la Corte tuvo en cuenta el concepto utilizado en la resolución con la cual la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, Anla, revocó la medida de Corpocesar que indicaba que, supuestamente, como los trenes al pasar por poblaciones tocaban una campana y no sirenas, el ruido disminuía en un 80 por ciento.

“El hecho de que pocos meses después de que se levantara la medida –con zonas de convivencia en funcionamiento- los ciudadanos volvieran a expresar su inconformidad por el ruido en forma de una acción de tutela resulta en sí mismo un indicio de que la situación no se encuentra superada y que, por el contrario, la problemática se mantiene”, señaló la Corte.

Así, la Sala estimó que Fenoco amenaza los derechos de la población y que la Anla “ha sido omisiva en su rol de garante del derecho al medio ambiente sano y de los fundamentales de la población afectada”.

Por esa razón, en un término no mayor de seis meses, Fenoco S.A. debe incluir en su plan de manejo ambiental medidas adicionales para controlar el ruido “mediante pantallas acústicas u otros tipos de aislamiento que permitan la absorción de ondas sonoras entre la fuente y los receptores, tales como trincheras, plafones, pantallas, taludes y/o vegetación”.

Y, hasta que esto no se haga seguirá vigente la medida de suspensión de actividades.
Por otro lado, la Anla debe supervisar el cumplimiento de esta sentencia y, en un plazo de dos meses, hacer “las mediciones y estudios necesarios para establecer si se presenta contaminación por polvo de carbón en el municipio de Bosconia. De ser así, actuando dentro del marco de sus competencias, deberá proceder a tomar las medidas necesarias para corregir la situación”.

Fuente elcolombiano.com

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