13 de Diciembre de 2013, Aguachica. La ‘Ley Merlano’ que sanciona a los conductores borrachos fue aprobada por el Senado en la mañana de hoy. Ahora el texto debe ser aprobado por la Cámara de Representantes y luego pasar a sanción presidencial.
Las sanciones serán las siguientes
Penales
En caso de incurrir en los delitos de lesiones culposas y homicidio culposo la pena de prisión pasaría la mínima de 32 meses a 53 meses y la máxima 108 a 216 meses.
Económicas y administrativas
Primera vez
Quien sea sorprendido por primera manejando bajo los efectos del alcohol será detenido por 24 horas mientras pasa su estado de embriaguez. Además, deberá pagar una multa de entre el 20 y el 50% del valor del vehículo. El automotor podrá ser inmovilizado entre 3 y 10 días
Segunda vez
Será retenido y deberá pagar una multa de entre el 40 y el 60% del valor del vehículo.Además de que el vehículo podrá ser retenido entre 5 y 20 días, el infractor tendrá que firmar un acta de compromiso donde promete al Estado nunca más volver a incurrir en esta peligrosa práctica.
Tercera vez
Tendrá una multa equivalente al 60% del valor del vehículo, mismo que podrá inmovilizarse entre 10 y 20 días. Además se contempla la cancelación definitiva de la licencia de conducir y se entablará un proceso por fraude por haber incumplido el acta compromiso.