A partir de 2013 EPS no podrán exigir certificados de estudios
Gracias al Decreto Ley Antitrámites desde 2013 se elimina uno de los trámites más dispendiosos para los ciudadanos. Desde el 1° de enero las EPS no podrán exigirle cretificado de estudios a los beneficiarios de 18 a 25 años, para verificar su situación de escolaridad.
Textualmente el artículo 119 del Decreto Ley Antitrámites dice: «A partir de enero 1 de 2013, la acreditación de los beneficiarios de un cotizante, mayores de 18 años y menores de 25, que sean estudiantes con dedicación exclusiva a esta actividad, se verificará por la Entidad Promotora de Salud a través de bases de datos disponibles que indique para el efecto el Ministerio de Salud y Protección Social, sin requerir la acreditación del certificado de estudios respectivos de cada entidad de educación.»
El Decreto señala que las EPS deberán consultar la situación de escolaridad de sus beneficiarios en bases de datos creadas por el Ministerio de Salud y no exigirle más a los ciudadanos este documento.
El proceso para las EPS
Desde el 15 de diciembre el Ministerio de Salud tiene listo el aplicativo para que las entidades prestadoras de salud accedan a la verificación de escolaridad, previa solicitud de un usuario y contraseña así:
El representante legal de la entidad deberá solicitar la creación de un usuario para la entidad, escribiendo al correo electrónico escolaridad@minsalud.gov.co, un mensaje que contendrá la siguiente información:
- Datos de la entidad solicitante: tipo y número de identificación, nombre y razón social, teléfono de contacto, dirección, municipio y departamento donde esta ubicada la correspondiente entidad.
- Datos del representante legal de la entidad solicitante: tipo y número de identificación, nombre completo y correo electrónico institucional.
- Datos de la persona que administrará el usuario creado en el sistema: Tipo y número de identificación, nombre completo y correo electrónico institucional.
Consulta otros beneficios del Decreto Ley Antitrámites
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