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Horario Restricción de vehículos de carga temporada vacacional 2012

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Restricción de vehículos de carga para temporada vacacional Fin de Año 2012


Bogotá. Diciembre 2012. Conozca las fechas, horas y corredores viales en que se aplicará la restricción de circulación para vehículos de carga en la red vial nacional, con el fin de garantizar la movilidad en las vías del país en esta temporada de navidad, año nuevo y reyes. Para mayor informción ver Comunicado y Resolución 3226.

COMUNICADO DE PRENSA 094
Restricción de vehículos de carga para temporada vacacional
Bogotá 10 de diciembre de 2012.- Con el fin de garantizar la movilidad en las vías del país en esta temporada de navidad, año nuevo y reyes, el Ministerio de Transporte en coordinación con la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, da a conocer las restricciones para vehículos de carga en la red vial nacional.
Esta restricción se realiza dando cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 3226 del 25 de mayo de 2012 en su artículo 3.3, por la cual se establecen unas medidas de tránsito vehicular para temporadas especiales.

Horario Restricción de vehículos de carga temporada vacacional 2012

A continuación fechas, horas y corredores viales en que se aplicará la restricción:

FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES QUE LES APLICARÁ LA RESTRICCIÓN PARA LOS VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS DEPARTAMENTOS.
VIERNES 21-DICIEMBRE-2012 14:00 A 22:00 HORAS
SÁBADO 22-DICIEMBRE-2012 06:00 A 20:00 HORAS
LUNES 24-DICIEMBRE-2012 12:00 A 20:00 HORAS
MARTES 25-DICIEMBRE-2012 11:00 A 23:00 HORAS
VIERNES 28-DICIEMBRE-2012 14:00 A 22:00 HORAS
SÁBADO 29-DICIEMBRE-2012 06:00 A 20:00 HORAS
LUNES 31-DICIEMBRE-2012 12:00 A 23:00 HORAS
MARTES 01-ENERO-2013 12:00 A 20:00 HORAS
MIÉRCOLES 02-ENERO-2013 12:00 A 20:00 HORAS
VIERNES 04-ENERO-2013 18:00 A 22:00 HORAS
SÁBADO 05-ENERO-2013 06:00 A 23:00 HORAS
DOMINGO 06-ENERO-2013 12:00 A 22:00 HORAS
LUNES 07-ENERO-2013 08:00 A 23:00 HORAS
Vías a restringir:
1. BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA.
2. BOGOTÁ – FUSAGASUGA – MELGAR – IBAGUE.
3. BOGOTÁ – TUNJA.
4. BOGOTÁ – CHÍA – CAJICA – UBATE – CHIQUINQUIRA – BARBOSA – SAN GIL –
BUCARAMANGA.
5. BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT.
6. BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS.
7. MEDELLÌN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.
8. BOGOTÁ – CHOACHÍ.
9. BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR)
10. IBAGUÉ – ARMENIA – CALI.
11. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
12. PASTO – CHACHAGÜÍ.
13. BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA
14. BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA
15. SIBATÉ- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ
16. CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT
17. ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA

FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES, QUE SERÁN COBIJADOS CON LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS DEPARTAMENTOS.
LUNES 24-DICIEMBRE-2012 12:00 A 20:00 HORAS
LUNES 31-DICIEMBRE-2012 12:00 A 22:00 HORAS
SÁBADO 05-ENERO-2013 09:00 A 21:00 HORAS
DOMINGO 06-ENERO-2013 12:00 A 20:00 HORAS
LUNES 07-ENERO-2013 09:00 A 21:00 HORAS
Vías a restringir:
1. BUCARAMANGA- SAN ALBERTO
2. BUCARAMANGA –LA LIZAMA
3. VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ
4. HONDA-DORADAL-MEDELLÍN
5. SANTA MARTA-BARRANQUILLA
6. MONTERÍA -TOLÚ- COVEÑAS
7. BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA
8. TUNJA –CHIQUINQUIRÁ
9. TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO
10. TUNJA-BARBOSA
11. MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA
12. MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL
13. HATILLO-BARBOSA
14. MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO
15. MANIZALES-LA MUANIELA-LA FELISA-LA PINTADA
16. MANIZALES-CHINCHINÁ-SANTAROSA-PEREIRA
17. PEREIRA-ARMENIA-RIOSUCIO
18. PEREIRA-CARTAGO-LA PAILA
19. CALI-YUMBO-YOTOCO
20. NEIVA-GARZÓN
21. IBAGUÉ-HONDA
22. PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ
23. BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA
24. SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA
25. BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO
26. MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO (BOLÍVAR)
27. VILLAVICENCIO-CUMARAL

Consideraciones: En la vía Bogotá – Villavicencio: Durante la temporada Decembrina – Fin y Comienzo de Año – Puente de Reyes: Por contingencia y mejoramiento de la movilidad este corredor a partir de las 14:00 horas hasta las 20:00 horas se volverá reversible en el sentido Villavicencio – Bogotá. Igualmente ante el inminente aumento del flujo
vehicular la medida se aplicará en la vía Tunja – Bogotá, a la altura del Puente de La Caro – Carrera 7ª hacia la capital del País, en las siguientes fechas:
MARTES 25 – DICIEMBRE – 2012
MARTES 01 – ENERO – 2013
MIÉRCOLES 02 – ENERO – 2013
LUNES 07 – ENERO – 2013
En las fechas relacionadas anteriormente en la vía Bogotá – Girardot, se tornará reversible a partir de las 12:00 horas desde la variante de Melgar – Tolima hacia la ciudad de Bogotá. En los demás anillos viales que se realizan en el Departamento de Cundinamarca iniciarán su implementación así:
Vía LA VEGA – BOGOTÁ: a partir de las 12:00 horas
Vía LA MESA (sector la Gran vía) – BOGOTÁ: a partir de las 12:00 horas
NOTA 1: El día viernes 04 de enero de 2013, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El día lunes 07 de enero de 2013, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas.
NOTA 3: El Instituto Nacional de Vías – INVÍAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, suspenden y no realizan obras en la red vial, durante la vigencia del presente comunicado.
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, tendrán restricción total en la red vial nacional, desde el día 20 de diciembre de 2012, hasta el día 10 de enero de 2013.

La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará el paso de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas al protocolo establecido en el artículo 6 de la resolución 3226, “por la cual se establecen unas medidas de tránsito vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país en temporadas especiales y se dictan otras disposiciones”.

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