miércoles, diciembre 6, 2023
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CUANDO SE COLOCA O NO LA HUELLA DACTILAR

 

ELlMINACION DE HUELLA DACTILAR

 


Gracias al Decreto 0019 del 10 de Enero de 2012, la huella dactilar es remplazada por la huella electrónica

 

Decreto 0019 de 10-01-2012. I parte

Departamento Administrativo de la Función Pública

Decreto Ley Antitrámites 0019

10-01-2012

Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.

 

TITULO I

REGIMEN GENERAL

CAPITULO I

PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES APLICABLES A LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

 

ARTICULO 17. ELlMINACION DE HUELLA DACTILAR. Suprímase el requisito de imponer la huella dactilar en todo documento, trámite, procedimiento o actuación que se deba surtir ante las entidades públicas y los particulares que cumplan funciones administrativas.

 

Excepcionalmente se podrá exigir huella dactilar en los siguientes casos:

 

1.Servicios financieros de entidades públicas

2.Trámites propios del Sistema General de Seguridad Social en Pensiones

3.Trámites ante Registro Públicos

4.Trámites relacionados con el Pasaporte y la Cédula de Extranjería

5.Visas y prórrogas de permanencia

6.Escrituras Públicas

7.Visita a internos e internas en Establecimientos de Reclusión del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC

8.Cédula de ciudadanía y tarjeta de identidad

9.Autorización para salida de menores de país

10.Cesión de derechos

11.Comercio de armas, municiones y explosivos

12.Otorgamiento de poderes

13.Registros delictivos

14.Trámites para el registro de víctimas y ayuda humanitaria

En todo caso la exigencia de la huella dactilar será remplazada por su captura mediante la utilización de medios electrónicos conforme a lo previsto en el presente Decreto

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