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Vídeo – Control policial al comercio de carne en valledupar incautan 1.130 kilos de carne

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Febrero 12 de 2017, Aguachica. El Comando de Policía Cesar a través del Grupo de Policía Ambiental y Ecológica, con el apoyo de la policía de carabineros, policía de la estación de valledupar y Secretaria de Salud. Realizo inspecciones sorpresa a expendidos de carnes en el Cesar. (Ver  Vídeo)

Es así como las inspecciones sorpresa fueron desarrolladas en la venta de carnes y vísceras en la calle 44 de Valledupar, donde:

5 establecimientos fueron sellados por la Secretaria de Salud
1.130 kilos de carne fue incautados por la Secretaria de Salud
11 comparendos pedagógico fueron realizados por la policía, basados en el nuevo código de policía, referentes a la salud pública.

El nuevo Código de Policía tiene como ejes centrales la seguridad, la tranquilidad, la protección de recursos naturales y la salud pública.

Basados en el articulo 110 del nuevo código de policía en sus diferentes numerales, se realizaron 11 comparendos educativos.(Ver Video)

Esto es lo que debe saber del código de policía referente a la salud pública.

Título XI, Salud pública

CAPÍTULO I
De la Salud Pública

Artículo 109. Alcance. El presente capítulo tiene por objeto la regulación de comportamientos que puedan poner en peligro la salud pública por el consumo de alimentos. Las Secretarías de Salud de las entidades territoriales y el Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos (INVIMA) serán las encargadas de ejercer las facultades de conformidad con sus competencias de inspección, vigilancia y control.

Artículo 110. Comportamientos que atentan contra la salud pública en materia de consumo. Los siguientes comportamientos atentan contra la salud pública en materia de consumo y por lo tanto no deben efectuarse:

1. No acreditar la inscripción ante la Secretaría de Salud o quien haga sus veces, de la respectiva entidad territorial, para el almacenamiento o expendio de alimentos que lo requieran, así como de carne, productos y derivados cárnicos comestibles, de acuerdo con la normatividad sanitaria vigente.
2. Almacenar o comercializar carne, productos cárnicos comestibles que no provengan de plantas de beneficio animal (mataderos) autorizadas o que no cumplan con las disposiciones o normatividad sanitaria vigente.
3. Almacenar, transportar o vender derivados cárnicos que no cumplan con las disposiciones de inocuidad establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social y garantizar en todo momento la procedencia de los mismos.
4. Adquirir alimentos, carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos de proveedores que no se encuentren autorizados y registrados ante la autoridad sanitaria competente o que no hayan entregado el producto a la temperatura reglamentada o transportado en vehículos que no garanticen el mantenimiento de la misma.
5. No contar con un sistema de refrigeración que garantice el mantenimiento de la temperatura reglamentada para los productos.
6. No mantener en refrigeración a la temperatura reglamentada, la carne o los productos cárnicos o lácteos.
7. No acreditar la autorización sanitaria de transporte expedido por la Secretaría de Salud de la entidad territorial correspondiente o quien haga sus veces, para el transporte de carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos destinados para el consumo humano, de acuerdo con la normatividad sanitaria vigente.
8. No contar con soporte documental en el cual conste que los productos transportados provienen de un establecimiento registrado, aprobado e inspeccionado. Para la carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos, deberán contar con la guía de transporte de producto de acuerdo con lo establecido en la normatividad sanitaria.
9. No garantizar el mantenimiento de la cadena de frío del producto y las condiciones de transporte requeridas por la normatividad sanitaria vigente, de manera que se evite la contaminación de los alimentos transportados.
10. No conservar en el lugar donde se expendan o suministren, sus accesos y alrededores limpios y libres de acumulación de basuras.
11. No mantener las superficies del lugar donde se preparan, almacenan, expenden o suministren alimentos debidamente protegidos de cualquier foco de insalubridad.
12. Vender alimentos para consumo directo sin cumplir con los requisitos establecidos por las normas sanitarias.
13. Expender cualquier clase de alimentos en sitios expuestos a focos de insalubridad, que representen riesgo de contaminación.
14. Utilizar agua no apta para el consumo humano en la preparación de alimentos.
15 . Incumplir con los requisitos para el transporte de alimentos, carne y productos cárnicos, o lácteos, para el consumo humano, establecidos por las normas y disposiciones vigentes.
16. Sacrificar animales para el consumo humano, en sitios no permitidos por la legislación sanitaria correspondiente.

Parágrafo 1°. La autoridad de Policía que imponga las medidas correctivas señaladas en el presente artículo pondrá en conocimiento de manera inmediata a la autoridad competente para adelantar los procedimientos e imponer las acciones que correspondan de conformidad con la normatividad específica vigente.

Parágrafo 2°. Quien incurra en uno o más de los comportamientos antes señalados, será objeto de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:

COMPORTAMIENTOS MEDIDA CORRECTIVA A  APLICAR
Numeral 1 Multa General tipo 2; Suspensión temporal de actividad.
Numeral 2 Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividad, Destrucción de bien.
Numeral 3 Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividad, Destrucción de bien.
Numeral 4 Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividad, Destrucción de bien.
Numeral 5 Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividad.
Numeral 6 Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividad.
Numeral 7 Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividad.
Numeral 8 Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividad.
Numeral 9 Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividad.
Numeral 10 Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividad.
Numeral 11 Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividad, Destrucción de bien.
Numeral 12 Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividad, Destrucción de bien.
Numeral 13 Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividad, Destrucción de bien.
Numeral 14 Multa General tipo 4; Suspensión temporal de actividad, Destrucción de bien.
Numeral 15 Multa General tipo 4; Destrucción de bien.
Numeral 16 Multa General tipo 4; Destrucción de bien, suspensión definitiva de actividad.

Parágrafo 3°. Se mantendrá la aplicación de las medidas correctivas si se continúa desarrollando en el lugar la misma actividad económica que dio lugar a su imposición, aun cuando se cambie la nomenclatura, el nombre del establecimiento, su razón social, propietario, poseedor o tenedor del mismo.

Parágrafo 4°. Las medidas correctivas mencionadas para el incumplimiento de los anteriores comportamientos, se aplicarán, sin perjuicio de lo establecido en la legislación especial que regula esas materias.

Parágrafo 5°. Cuando se aplique la medida de suspensión temporal de actividad porque el responsable del establecimiento no permitió el ingreso de autoridades de Policía, la medida se extenderá hasta tanto se autorice el ingreso de la autoridad que en ejercicio de su función o actividad de Policía, requiera hacerlo.

Parágrafo 6°. Quien en el término de un año contado a partir de la aplicación de la medida incurra nuevamente en alguno de los comportamientos prohibidos en el presente artículo que dan lugar a la medida de suspensión temporal de actividad, será objeto de suspensión definitiva de la actividad.

Vídeo – Control policial al comercio de carne en valledupar incautan 1.130 kilos de carne

Un enjambre de abejas provocó la muerte de un soldado regular y seis mas resultaron heridos

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Febrero 12 de 2017, Aguachica. En en el Corregimiento de Ayacucho un enjambre de abejas provocó la muerte de un soldado regular y seis mas resultaron heridos

Un grupos de soldados que  realizaban patrullaje en los alrededores del nuevo batallón del baeev 3 en  Ayacucho fueron atacados por un enjambre de abejas africanas, que le provocó la muerte da uno de los soldados, que falleció camino a un centro existencial.

Es así como al lugar llega la Unidad Móvil de Criminalística del Cuerpo Técnico de Investigación, CTI, de la Fiscalía de Aguachica  para realizar la inspección técnica al cadáver del joven que envida respondía al nombre de CRISTIAN JOSE RUIZ FELIX de 21 años, natural de Cartagena, quien llevaba cuatro meses en el ejercito como soldado regular en el » baeev 3 en  Ayacucho» BATALLÓN ESPECIAL ENERGÉTICO Y VIAL No. 3 ´Gral. Pedro Fortul´  Unidad Táctica con puesto de mando en el Corregimiento de Ayacucho del Municipio de la Gloria, departamento del Cesar, adscrito a la Décima Brigada Blindada.

Segun pudo conocer este medio el soldado falleció por las múltiples picadas del enjambre “de grandes proporciones”. Otro cinco soldados resultó con heridas y otro mas con pronostico reservado.

Un enjambre de abejas provocó la muerte de un soldado regular y seis mas resultaron heridos imagen de apoyo

Dos capturados por el delito de ‘cambiazo’ y clonación de tarjetas en San Martin

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Febrero 11 de 2016, Aguadchica. Mediante labores de patrullaje, registro e identificación de personas, personal de Vigilancia por Cuadrantes de la Policía de San Martin, logró la captura en flagrancias de dos presuntos delincuentes, luego de cometer al parecer, hurtos bajo la modalidad del ‘cambiazo’ y de la clonación de tarjetas a usuarios del sistema financiero.

El hecho de captura se efectuó en el día de hoy en horas de la mañana en el barrio San Alonso, Carrera 7 con calle 13 del Municipio de San Martín en el Sur del Departamento del Cesar, cuando en una rápida acción de las autoridades,  al llamada de auxilio de una ciudadana que fue victima del delito de ‘cambiazo’ , momento es que se disponía a realizar un retiro en un cajero electrónico del Bancolombia, de ese sector.

Según pudo conocer este mido la victima una vez llegó a retirar en el cajero de esa entidad bancaria se encontró con que la maquina no le dispensaba el dinero y estos sujetos la abordaron para «ayudarla» realizando  el ‘cambiazo’de la tarjeta .

La ciudadana cayó en la trampa y la delincuente que hizo el cambio de tarjeta camuflada en la fila como una usuaria más de la entidad, pretendió retirar el dinero.

Es así como ante los gritos a auxilio de la victima al darse cuenta del ‘cambiazo’. Los uniformados acuden al lugar y logra dar captura a JENNISABEL CONTRERAS VARELA  de 32 años de edad, de Cucuta Norte de Santander  y ROBINSON FABIAN CUAN SANCHEZ de 36 años de edad, natural de Aguachica, quien cuenta con otras anotaciones y a quienes les hallaron en su poder varia tarjetas de diferentes entidades bancarias.

Los detenidos fueron dejados a disposición de la autoridad competente y se espera que en las próximas horas se resuelva su situación jurídica.

 

Delincuentes capturados por el delito de ‘cambiazo’ y clonación de tarjetas en San Martin
JENNISABEL CONTRERAS VARELA – ROBINSON FABIAN CUAN SANCHEZ

En el Cesar las altas temperaturas provocan incendio en la carga de un tractocamion

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Febrero 11 de 2017, Aguachica. Con las altas temperaturas que se han alcanzado en los últimos días en el país, en el Departamento del  Cesar hoy se presento un incendio en la carga de un tractocamion debido a eso.

 

El hechos se presento hacia el medio dia de hoy en el kilómetro 9 vía la Mata – San Roque mas exactmente en el casco urbano del Municipio de Pelaya,  diagonal a la alcaldía Municipal.

Según pudo conocer este mido el vehículo tractocamion marca International, de placas SND961, conducido por Carlos Hernándezque que transportaba teja plástica y bultos de antioxidante, se prendió en llamas, presuntamente por las altas temperaturas que afectaron la carga y pudo haber generado este evento.

En el Cesar las altas temperaturas provocan incendio en la carga de un tractocamion
En el Cesar las altas temperaturas provocan incendio en la carga de un tractocamion
En el Cesar las altas temperaturas provocan incendio en la carga de un tractocamion

 

viernes 10 de febrero desconexión servicio de energía sectores urbano y rural Aguachica, Morales y Gamarra

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Febrero 9 de 2017, Aguachica. Aquí está la información de desconexión del servicio de energía para el viernes 10 de febrero de 2017, en sectores urbano y rural Aguachica, Morales y Gamarra.

En Aguachica queremos prestarte el mejor servicio

Para lograrlo trabajamos en importantes obras de modernización en nuestra infraestructura eléctrica

Esto implica la desconexión del servicio de energía en los siguientes sectores.

Desconexión 1.
Por espacio de 9 horas en:

Del municipio de Aguachica, las veredas
Las Bateas – San Francisco – Playoncito
Sectores y fincas aledañas a las vías Mosquito, Guaduas, Faro y Buturama.

Inicia: viernes 10 de febrero a las 7:40 de la mañana aproximadamente
Finaliza: viernes 10 de febrero a las 4:40 de la tarde aproximadamente

Desconexión 2.
Por espacio de 15 minutos entre las 7 y 8 am; y 3 y 4 Pm en los siguientes barrios

Del municipio de Aguachica, los Corregimientos
Juncal – Loma de Corredor – Puerto Patiño – Villas de San Andrés

Las Veredas
Los Columpios – El Faro

Los sectores
Monte Rey – Monte Verde – La Y – Barrio Idema

Del municipio de Gamarra, los corregimientos
Contento – Puerto Mosquito
La vereda El Cedro

Del Municipio de Morales el corregimiento, Bodega Central
Veredas
Remolino – Central

Desconexión Servicio de Energía sectores urbano y rural Aguachica, Morales y Gamarra, viernes 10 de febrero

En Aguachica se logra la captura de una persona mediante orden judicial

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Febrero 08 de  2017

MEDIANTE PLANES DE REGISTRO E IDENTIFICACION DE PERSONAS AMPARADO EN EL NUEVO CODIGO NACIONAL DE POLICIA

SE LOGRA LA CAPTURA DE  UNA PERSONA MEDIANTE ORDEN JUDICIAL.

Aguachica, Cesar – no paran las actividades preventivas en materia de seguridad, es así que mediante planes de identificación  en los barrios periféricos de Aguachica, nuevamente los cuadrantes dan con la captura de una persona  que tenía pendientes con la justicia en el sector de la sabanita.

Ante las actividades tendientes a garantizar la convivencia y seguridad ciudadana y en aplicación a los comportamientos contrarios a la convivencia y seguridad ciudadana, uniformados del cuadrante SEIS logran identificar a FABIO NOGOA BALLENA, quien luego de proceder a verificar u identificación se constato que le registra una orden Judicial vigente en su contra emanada del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Valledupar.

El capturado quien tendrá que pagar un pena de 56 meses de prisión por el delito de Tráfico y Porte de Estupefaciente,  fue trasladado hasta el centro penitenciario carcelario, mientras que los cuadrante de manera articulada continúan con esta serie de actividades para poner a disposición toda persona que tenga pendientes con la justicia.

Recuerde que el éxito de nuestro trabajo también depende de su apoyo prestado mediante la denuncia de actos irregulares a las líneas de emergencia 123, 156 y 165, 5650090, 3107391237.

FABIO NOGOA BALLENA