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Restricción de vehículos 11 de enero de 2016


11 de enero de 2016, Aguachica. Conforme a lo establecido en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014 artículo 2 ‘TEMPORADA VACACIONAL DE NAVIDAD Y AÑO NUEVO’ y artículo 6, en cuanto a que las medidas de regulación del tráfico vehicular, el Ministerio de Transporte,  la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y las autoridades de Tránsito local y a los estipulado en la Resolución 761 de 2013. Comunican a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, las restricciones a aplicar para los vehículos de carga para el puente festivo del 11 de enero, de acuerdo a las fechas y horas relacionadas a continuación:

 

LUNES

11 de enero 2016

12:00 A 01:00 horas

Vías a restringir:

1.    ALTO EL MANZANO – PEREIRA- RIOSUCIO-YE DE CERRITOS-CARTAGO.

2.    ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA

3.    BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR)

4.    BARRANQUILLA- YE DE CIENAGA

5.    BOGOTÁ – CHOACHI.

6.    BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA.

7.    BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ.

8.    BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA Y CORAN-GUADUAS

9.    BOGOTÁ – TUNJA.

10. BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS.

11. BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA

12. BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA

13. BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA

14. BUCARAMANGA –LA LIZAMA

15. BUCARAMANGA- SAN ALBERTO

16. BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA

17. CALI – POPAYAN – PASTO

18. CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT

19. CÚCUTA-YE DE ASTILLEROS (antes estaba CÚCUTA –SARDINATA se reduce el recorrido)

20. HATILLO-BARBOSA

21. HONDA-DORADAL-MEDELLÍN

22. IBAGUÉ – ARMENIA – LA PAILA

23. IBAGUÉ-HONDA

24. MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO

25. MEDELLÌN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.

26. MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL- CAUCASIA

27. MEDELLÍN- PRIMAVERA- LA PINTADA- LA FELISA- LA MANUELA

28. MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO  (BOLÍVAR)

29. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.

30. NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA

31. PASTO – CHACHAGÜI.

32. PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ

33. RIOHACHA – VALLEDUPAR

34. SANTA MARTA – RIOACHA

35. SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA

36. SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ

37. TUNJA –CHIQUINQUIRÁ

38. TUNJA-BARBOSA

39. TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO

40. VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ

41. VILLAVICENCIO-CUMARAL

NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.

NOTA 1: Los días viernes 4 de diciembre de 2015 y 8 de enero de 2016, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de Bogotá.

NOTA 2: El día 11 de enero de 2016, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N° 7 (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los vehículos de carga que vengan en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.

NOTA 3: La restricción de carga en el corredor vial N° 17 (CALI – POPAYAN – PASTO) solo aplicará para los puentes festivos de navidad, año nuevo y reyes (2015-2016).

NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.

NOTA 5: La restricción no aplica para los vehículos de carga que transportan carbón térmico desde el Departamento Norte de Santander hacia la Costa Atlántica.

NOTA 6: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.

NOTA 7: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, “Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones”.

NOTA 8: El Instituto Nacional de Vías (INVÍAS), la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.

NOTA 9: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puertos y Transporte, INVIAS y ANI. Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152 Correo electrónico:ditra.ciesp@policia.gov.co Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.

NOTA 10: El día 11 de enero de 2016, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, implementará reversible en la vía Guaduas – Villeta desde la Glorieta de la Morena Km 31 hasta el km 64+100 en el horario comprendido desde las 3 PM hasta las 5 PM, teniendo en cuenta el alto volumen de vehículos que retornaran en este tramo vial por la culminación de la feria de Manizales y los viajeros que retornan de la Costa Atlántica, facilitando la movilidad de los usuarios que ingresan hacia la ciudad de Bogotá.

 

Se recomienda a los viajeros que transiten por este corredor vial como vía alterna las siguientes:

 

• Calle 13 – Facatativá – Albán – Vianí – Cambao – Honda

(Para   quienes se dirijan hacia la Costa Atlántica y Antioquia)

 

• Calle 13 – Facatativá – Albán-Vianí-Cambao-Armero-Guayabal-Mariquita (para quienes viajen hacia el departamento de Caldas)

https://www.invias.gov.co/767/comunicado_carga.pdf

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